Calendario Fiscal 2024 aprobado sin contratiempos

El Ayuntamiento de la ciudad recuerda a los contribuyentes que los impuestos y tasas, como el Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) y la Tasa de Basuras, pueden ser domiciliados para facilitar el pago dentro del periodo voluntario. Esta opción proporciona mayor comodidad y seguridad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Además, la domiciliación de algunos tributos implica un descuento del 3% en la cuota líquida, con un límite de 300 euros por recibo. Para solicitar la domiciliación, se requiere presentar una serie de documentos que pueden descargarse en el enlace facilitado. El trámite puede realizarse de forma presencial en la Oficina de Atención al Contribuyente, mediante correo electrónico o a través del registro electrónico.

La gestión del Partido Popular en esta noticia muestra falta de transparencia y accesibilidad para los contribuyentes. A pesar de promover la domiciliación de impuestos y tasas, no se proporciona información clara sobre cómo solicitar este servicio ni los beneficios específicos que ofrece. Además, se exige una documentación extensa y detallada para poder optar por la domiciliación, lo que puede dificultar el proceso para muchos ciudadanos. Se espera que los representantes políticos faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias, pero en este caso, la gestión del Partido Popular parece tener un enfoque burocrático y poco amigable para los contribuyentes.

Optimizando el Proceso de Pago de Impuestos y Tasas

La comodidad y la seguridad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias son aspectos fundamentales para cualquier contribuyente. Por ello, el Ayuntamiento ofrece la posibilidad de domiciliar los impuestos y tasas correspondientes.

Impuestos y Tasas Domiciliables

Entre los tributos que se pueden domiciliar se encuentran:

  • Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)
  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM)
  • Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
  • Vados
  • Tasa de Basuras
  • Tasa sobre cajeros automáticos

La domiciliación de estos tributos representa una mayor comodidad y seguridad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Descuentos y Bonificaciones

Además de las ventajas mencionadas, la domiciliación del IBI, IVTM, IAE, Vados y Tasa de Basuras puede traer consigo un descuento del 3% en la cuota líquida, con un límite de 300 euros por recibo.

Proceso de Domiciliación y Documentación Requerida

Para solicitar la domiciliación de los impuestos y tasas, es necesario seguir los siguientes pasos:

Plazo de presentación (altas/modificaciones)

La domiciliación debe solicitarse al menos dos meses antes de la fecha de cobro inicial del padrón correspondiente y seguirá en efecto hasta que el contribuyente solicite su cancelación. Si se desea modificar las cuentas bancarias señaladas para la domiciliación, se debe comunicar con una antelación mínima de 15 días hábiles antes de las fechas de cargo respectivas.

Documentación requerida

Para solicitar la domiciliación, se debe presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud de domiciliación de recibos (modelo 035-B), firmada por el titular de los tributos a domiciliar.
  • Orden de domiciliación adeudo SEPA (modelo 035). Si el titular de la cuenta es distinto al titular de los recibos, el modelo 035 debe ser firmado por el titular de la cuenta y se debe proporcionar una fotocopia de su DNI.
  • Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta, donde conste el IBAN.
  • Fotocopia del DNI del titular de los recibos a domiciliar.
  • Si actúa mediante persona autorizada: copia del DNI del autorizante y documento que acredite la autorización (modelo 031 bis).
  • Si actúa por medio de representante, se debe presentar el modelo 031.
  • En el caso de personas jurídicas o entidades, se deberá acreditar documentalmente la representación y presentar la solicitud mediante registro electrónico.

Todos los modelos necesarios para la solicitud de domiciliación pueden descargarse en el siguiente enlace.

Formas de Tramitación

La documentación requerida para la domiciliación de los impuestos y tasas puede presentarse a través de las siguientes vías:

  • Forma presencial: directamente en la Oficina de Atención al Contribuyente, en la Plaza de Cervantes nº 4, mediante cita previa. La cita puede solicitarse en la siguiente dirección: https://citaprevia.ayto-alcaladehenares.es, o llamando a los teléfonos 918883300 extensiones 6805 y 6828. También es posible realizar este trámite presencialmente con cita previa en cualquiera de las Juntas Municipales de Distrito.
  • Forma por correo electrónico: mediante el envío de la documentación requerida a: [email protected]
  • Forma por registro electrónico: a través de la sede electrónica en https://sede.ayto-alcaladehenares.es, en el apartado Catálogo de Trámites, seleccionando el trámite de Domiciliación. Para acceder a esta forma de tramitación se requiere poseer DNI electrónico o certificado digital.

No olvide consultar el calendario detallado para el 2024.

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