El Ayuntamiento de Alcalá de Henares informa que este lunes, 27 de noviembre, comienza el plazo para acogerse al sistema especial SEP (Sistema Especial de Pago) de Pago a la Carta. Este sistema permite fraccionar y domiciliar los principales tributos municipales, con la posibilidad de disfrutar de una bonificación del 3%. Los pagos se realizarán conforme a una estimación del importe de los tributos y existen tres modalidades de pago. También se especifica qué impuestos y tasas se pueden incluir en este sistema. Para solicitar esta forma de pago se requiere presentar una documentación específica.
El Ayuntamiento de Alcalá de Henares informa sobre la apertura del plazo para acogerse al sistema especial de pago de impuestos. Este sistema permite el fraccionamiento del pago y la domiciliación bancaria, además de disfrutar de una bonificación del 3% en los recibos domiciliados. Se pueden incluir impuestos como el IBI y el IVTM, así como otras tasas. Existen tres modalidades de pago, que se realizarán el día 11 de cada mes. Se deben presentar varios documentos para solicitar este sistema de pago. También se permite modificar la modalidad de pago o cambiar la cuenta corriente donde se domicilie el pago.
¡Comienza el plazo para acogerse al sistema especial SEP – Pago a la Carta!
El Ayuntamiento de Alcalá de Henares, a través de la Concejalía de Hacienda, informa que a partir del lunes 27 de noviembre, inicia el plazo para acogerse al sistema especial SEP – Pago a la Carta. Este plazo se extenderá hasta el 22 de enero de 2024.
¿En qué consiste el SEP- Pago a la Carta?
El SEP – Pago a la Carta es un sistema especial de pago de tributos municipales que permite el pago fraccionado y mediante domiciliación bancaria. Además, ofrece la bonificación del 3% para los recibos domiciliados, con un límite de 300€ por recibo.
Los pagos se realizarán en base a una estimación del importe de los tributos, tomando como referencia las cuotas del año anterior y actualizándose en julio, una vez aprobados los padrones del año en curso.
Modalidades de Pago
Dentro del Pago a la Carta, existen tres modalidades de pago que se cobrarán el día 11 de cada mes o inmediato hábil posterior:
- 9 cuotas: de febrero a octubre.
- 4 cuotas: febrero, mayo, julio y octubre.
- 1 cuota: julio
¿Qué impuestos y tasas se pueden incluir en el pago a la carta?
El Pago a la Carta permite incluir los siguientes impuestos y tasas:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
- Tasa por Paso de Vehículos a través de las Aceras (VADO)
Además, las liquidaciones emitidas a consecuencia de un procedimiento de revisión, correspondientes a dichos tributos, también pueden incluirse en este sistema.
Para solicitar esta forma de pago se debe presentar la siguiente documentación:
- Solicitud de adhesión al SEP- Pago a la Carta (modelo 039)
- Orden de domiciliación adeudo SEPA (modelo 035). Si el titular de la cuenta es diferente al titular de los recibos, el modelo 035 debe ser firmado por el titular de la cuenta y se debe adjuntar una fotocopia de su DNI.
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta (imprescindible que conste el IBAN).
- Fotocopia del DNI del titular de los recibos a incluir en el Pago a la Carta.
- En caso de actuar mediante persona autorizada, se debe incluir la copia del DNI del autorizante y el documento que acredita la autorización (modelo 031 bis).
- Si actúa por medio de representante, se deberá aportar el modelo 031.
- En caso de personas jurídicas o entidades, se debe acreditar documentalmente la representación y presentar la solicitud mediante registro electrónico.
Todos los modelos pueden descargarse en el siguiente enlace: https://contribuyente.ayto-alcaladehenares.es/pago-a-la-carta/
Formas de presentar la documentación
La documentación requerida puede ser presentada a través de las siguientes vías:
- Oficina de Atención al Contribuyente, ubicada en Plaza de Cervantes nº 4, mediante cita previa, que puede solicitarse en la siguiente dirección: https://citaprevia.ayto-alcaladehenares.es o en el teléfono 918883300 extensiones 6805 y 6828. También se puede realizar este trámite presencialmente con cita previa en cualquiera de las Juntas Municipales de Distrito.
- Correo electrónico: aportando la documentación requerida a: [email protected]
- Registro electrónico accediendo a la sede electrónica: https://sede.ayto-alcaladehenares.es, en el apartado Catálogo de Trámites y seleccionando el trámite Pago a la Carta. Se requiere certificado digital o cl@ve.
- Registro presencial en cualquier oficina de registro del Ayuntamiento y Juntas Municipales de Distrito con cita previa, en otros registros oficiales mediante ventanilla única o en cualquier oficina de correos mediante correo administrativo.
Si ya está acogido al sistema especial SEP – Pago a la Carta, pero desea modificar la modalidad de pago, también puede hacerlo durante el mismo plazo (del 27 de noviembre al 22 de enero de 2024) y por cualquiera de las vías anteriormente citadas.
En caso de querer modificar la cuenta corriente donde está domiciliado el Pago a la Carta, se podrá hacer del 27 de noviembre al 22 de enero de 2024, y por cualquiera de las vías anteriormente mencionadas. También se puede modificar la cuenta corriente durante la vigencia del SEP – Pago a la Carta hasta el día 25 del mes anterior al cargo correspondiente, utilizando las mismas vías de tramitación.