La justicia considera lícito el envío de basuras del este a Valdemingómez | Madrid

Una sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 4 de Madrid ha desestimado el recurso interpuesto en enero de 2020 por la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (Fravm) que impugnaba las autorizaciones para permitir el desvío de la basura de los 31 municipios de la Mancomunidad del Este al Parque Tecnológico de Valdemingómez entre finales de diciembre de 2019 y finales de febrero de 2020. De esta forma, el fallo de la sentencia, emitida el 28 de junio y a la que ha accedido EL PAÍS, estima lícitas y ajustadas a derecho aquellas autorizaciones. Según el magistrado, era “la única alternativa posible y, además, “encontraba el necesario amparo legal”. Contra esta sentencia cabe recurso y es lo que estudian hacer los vecinos.

A causa del llenado del vertedero de Alcalá de Henares y de la falta de previsión de las autoridades, las 31 localidades del este, que suman más de 700.000 habitantes, se encontraron in extremis con el problemón de qué hacer con su basura, ya que la nueva planta de Loeches construida para ello no estaba lista para recibirlas. Su entrada en funcionamiento sufrió importantes retrasos, entre otros motivos por la falta de un permiso por parte del Gobierno de Madrid. Como solución, a finales de 2019 se acordó un cupo extra anual de 200.000 toneladas de basura en Valdemingómez para acoger los residuos de la mancomunidad. Esta planta atiende las necesidades de más de cuatro millones de habitantes de tres municipios, que le remiten 1,2 millones de toneladas de residuos urbanos al año. Los municipios del Corredor del Henares estuvieron en total 15 meses, hasta el pasado 1 de abril de 2021, descargando sus residuos en Valdemingómez, más de 300.000 toneladas, pero la Fravm solo pudo llevar a la justicia los dos meses en los que lo hizo sin el paraguas de la firma de un convenio entre la planta de Madrid y la mancomunidad.

Tras conocer el fallo judicial, el Ayuntamiento de Madrid sigue defendiendo que las autorizaciones puestas en cuestión por los vecinos se hicieron de acuerdo a las autorizaciones previas que había para Arganda y Rivas Vaciamadrid, y que utilizar la planta de Valdemingómez, en el distrito de Villa de Vallecas, era “la única solución viable para evitar una emergencia sanitaria”. Por su parte, Quique Villalobos, presidente de la Fravm, considera “muy decepcionante” la sentencia y opina que tiene “muy poca base jurídica” e “interpretaciones de trazo grueso”. Villalobos añade que acaban de conocer el fallo y que están estudiando con sus abogados si presentarán recurso. La federación sostiene que, a pesar del varapalo judicial, tienen razón y muestra su sorpresa porque hace apenas unas semanas, otro juzgado, el juzgado número 31, sí admitiera un recurso de Más Madrid con “argumentos parecidos” y, sin embargo, el suyo haya sido rechazado. Dicho fallo, firmado por la magistrada Míriam Bris García, consideró el traslado de la basura una medida “precipitada” e “ilegal”.

En su recurso, la Fravm alegaba un defecto de forma en la medida, ya que las autorizaciones para el traslado de basuras no llevaban aparejadas los informes técnicos pertinentes y necesario y sostenía que no constaba el acto administrativo del Ayuntamiento de Madrid, ni de la Comunidad de Madrid, que aprobase esa actuación. Por ello, consideran que se podía haber producido “desviación de poder” y una “actuación por un órgano manifiestamente improcedente”.

“Los teóricos informes en los que se basa el Ayuntamiento y que proceden de la Comunidad de Madrid están hechos ad hoc, construidos para poder decir a los residuos” porque se parte de “unas premisas que se autoimponen”, argumentaba la Fravm. Sin embargo, el magistrado que firma la sentencia, Carlos Gómez Iglesias, ha desestimado el recurso y defiende en su fallo el proceso de autorizaciones y envío de basuras a Valdemingómez, que considera que se realizó atendiendo al contexto y circunstancias que se estaban produciendo.

El magistrado ve “ajustadas a Derecho” las resoluciones y señala que no era necesaria, según la normativa aplicable, la documentación que reclamaba la Fravm, para las autorizaciones provisionales recurridas. El juez descarta también la supuesta desviación de poder y subraya que la actuación la llevó a cabo la Junta de Gobierno de Madrid, que tiene competencias en esta materia. El juzgado también concede que el escenario al que se enfrentaba la región ―“una grave situación de emergencia sanitaria y medioambiental” y con la “constatación de la inexistencia de ninguna otra alternativa”― avala que la decisión tomada de utilizar Valdemingómez “encontraba el necesario amparo legal”.

En el escrito, el juez cuestiona los argumentos de la Fravm, que ve basados en “meras opiniones subjetivas” apunta, como uno de los fundamentos de la resolución judicial, que las Administraciones deben cooperar entre sí y proporcionarse recíprocamente auxilio, tal y como se recoge en la Constitución y como ha venido ratificando el Tribunal Constitucional.

Suscríbete aquí a nuestra nueva newsletter sobre Madrid.

Deja un comentario